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ESCRITURACIÓN

  • Nuestra legislación dispone que algunos actos y contratos se celebren por escritura pública, y las notarias Los actos y contratos de disposición o gravamen sobre bienes inmuebles, deben celebrarse por escritura pública, y las notarias son las encargadas de su celebración y conservación. La Notaria 37 de Bogotá, cuenta con personal idóneo para brindarle la asesoría jurídica pertinente e infraestructura adecuada para prestarle el servicio de escrituración en forma ágil y confiable, sin ningun costo adicional para el usuario .
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